Mexicali. 574 hombres y 70 mujeres en prisión preventiva en los cinco ceresos de Baja California solicitaron al INE ser incluidos en la lista nominal para votar este 2 de junio.
Como se sabe, es la primera vez que los internos de las cárceles podrán votar.
La vocal ejecutiva del INE en la entidad, Liliana Díaz de León Zapata, explicó que hasta la fecha han recibido esa cantidad de solicitudes y ahora el siguiente paso es revisar la factibilidad.
Detalló que el Consejo General del INE va aprobar las listas nominales en las próximas semanas y ahí se incluirán las solicitudes de parte de personas en situación de prisión preventiva en las cárceles.
Como se sabe la Comisión de Capacitación y Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó -por unanimidad- los Lineamientos, el Modelo de Operación y la Documentación Electoral para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.
En cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dictada en el expediente SUP-JDC-352/2018 y su acumulado, los Lineamientos tienen por objeto garantizar el voto anticipado de 92 mil 792 personas que se encuentren en prisión preventiva en 282 centros penitenciarios en los 32 estados de la República, durante el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.
Mediante la modalidad del voto anticipado, las personas en prisión preventiva que no han sido sentenciadas, podrán participar en las próximas elecciones.
en la elección de la Presidencia de la República, Senadores, y en las elecciones locales de Chiapas y Ciudad de México -por gubernatura o Jefatura de Gobierno, diputaciones y ayuntamientos o alcaldías- y, en el caso de Hidalgo, lo correspondiente a los ayuntamientos. Los Lineamientos, el Modelo de Operación y la Documentación Electoral para la Organización del Voto de las Personas en Prisión Preventiva fueron aprobados por las consejerías que integran la Comisión de Capacitación y Organización Electoral; contemplan el ejercicio del voto anticipado bajo un enfoque progresista de maximización de derechos y en apego a los principios pro persona y de presunción de inocencia.
Una vez que la Sala Superior determinó que las personas en prisión preventiva tienen derecho a votar, corresponde al Instituto como autoridad electoral nacional, maximizar y potencializar este derecho con la finalidad de garantizar la emisión del sufragio a través de la innovación de medidas y mecanismos, con procedimientos que permitan su realización.
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