La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, analizó la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Senado de la República, en la cual impugnaron el Decreto publicado el 8 de noviembre de 2019 por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal y el Código Fiscal de la Federación.
Como primer tema, el Pleno determinó que el proceso legislativo que dio origen a dicho Decreto fue válido, pues durante su tramitación no se cometieron violaciones con potencial invalidante.
No obstante, una mayoría de Ministras y Ministros determinó que los artículos 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional ―el cual establece como amenazas a la seguridad nacional los actos ilícitos en contra del fisco federal― y 167, párrafo séptimo, fracciones I, II, III, del Código Nacional de Procedimientos Penales ―el cual prevé la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando, defraudación fiscal, sus equiparables y los relacionados con la expedición, enajenación, compra y adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados― son inconstitucionales.
En la sesión, algunas Ministras y Ministros señalaron que el legislador se excedió al calificar tales delitos como amenazas a la seguridad nacional, pues no se trata de conductas que atenten directamente contra esta última, y, por ende, tampoco fue válido que los calificara como delitos que ameritan prisión preventiva en términos del artículo 19, segundo párrafo, de la Constitución. Esto último, pues el legislador secundario no está autorizado a ampliar el catálogo constitucional de delitos de prisión preventiva oficiosa.
Otros Ministros, por su parte, consideraron que las normas eran inconstitucionales ya que, de acuerdo con el artículo 1° de la Constitución, los tratados internacionales y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la prisión preventiva es una medida cautelar excepcional que sólo puede dictarse cuando existe un riesgo comprobado de que la persona evadirá la acción de la justicia o afectará la investigación, sin que sea suficiente la peligrosidad del sujeto o el tipo de delito, pues de lo contrario se vaciaría de contenido el derecho a la libertad personal y a la presunción de inocencia.
Por tanto, dado que las normas en cuestión imponían la prisión preventiva de forma oficiosa (es decir, en automático) considerando únicamente el tipo de delito, estimaron que las mismas resultaban contrarias a los derechos humanos reconocidos por la Constitución.
De este modo, al alcanzarse una votación mayoritaria contraria a la propuesta, las y los Ministros decidieron turnar el asunto a otra u otro integrante de la mayoría, quien en su momento presentará una nueva propuesta de resolución, en la que se analizarán el resto de temas planteados por los accionantes.
Acciones de inconstitucionalidad 130/2019 y su acumulada 136/2019, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y diversos integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal y el Código Fiscal de la Federación, reformados y adicionados mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 8 de noviembre de 2019.

Related posts
Suscribete a nuestro boletín
Carmen Antuna, será delegada en funciones en BC
Carmen Antuna Cruz estará como encargada de despacho de la delegación federal de Baja California tras la salida de Jesús Alejandro Ruiz Uribe. Fue diputada del PT y PRD de la asamblea legislativa de la Ciudad de México. Aunque su nombramiento sería provisional tiene la…
FICHA EU A EX AlCALDESA ARACELY BROWN
Especial. El Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de su Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), anunció el 18 de septiembre de 2025 sanciones contra la facción «Los Mayos» del Cártel de Sinaloa, designada como organización terrorista extranjera por su papel en…
Molina: distintos los casos de Marina del Pilar y Aracely Brown
Mexicali.- Existen diferencias claras entre el retiro de visa a la gobernadora Marina del Pilar Ávila por parte del gobierno de Estados Unidos y el señalamiento directo del Departamento del Tesoro contra la exalcaldesa de Playas de Rosarito y actual diputada federal, Aracely Brown, consideró…
PRESUPUESTO 2026: MÁS DEUDA Y MENOS APOYO A SALUD Y SEGURIDAD, ADVIERTE DIPUTADA EVA MARÍA VÁSQUEZ
CDMX, 10 septiembre 2025.- La diputada federal por Baja California, Eva María Vásquez, participó en conferencia de prensa en San Lázaro donde el Grupo Parlamentario del PAN fijó postura respecto al Paquete Económico 2026. Las y los legisladores de Acción Nacional advirtieron que la propuesta…
funciona gracias a WordPress