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GOBIERNO DE MEXICALI INICIA CAMPAÑA GRATUITA DE RECONOCIMIENTO DE HIJAS E HIJOS
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GOBIERNO DE MEXICALI INICIA CAMPAÑA GRATUITA DE RECONOCIMIENTO DE HIJAS E HIJOS 

Mexicali, B.C. A jueves 14 de julio 2022.- Con el propósito de brindar una certeza jurídica y fortalecer la unión familiar, el Gobierno de Mexicali anunció la campaña para realizar el trámite de “Reconocimiento de Hijos”, sin costo.

Así lo informó, el Oficial del Registro Civil del 24 Ayuntamiento de Mexicali Jorge Coronado Martínez, quien indicó que siguiendo la instrucción de la alcaldesa Norma Bustamante de facilitar el acceso a la ciudadanía a los diversos trámites que expide el Gobierno Municipal se creó esta campaña, la cual estará vigente hasta 29 de julio del 2022.

Asimismo, explicó que el “Reconocimiento de Hijos”, es un trámite que se lleva a cabo cuando alguno de los progenitores quiere reconocer legalmente a su hija o hijo, después de haber sido registrado su nacimiento.

Coronado Martínez invitó a la ciudadanía a que aprovechen esta campaña, la cual esta disponible en las cinco oficialías de Registro Civil ubicadas en el Palacio Municipal y en las delegaciones Progreso, González Ortega, Ciudad Morelos y Guadalupe Victoria.

Cabe mencionar, que los requisitos para realizar este trámite son:
1.- Acta de nacimiento certificada y cartilla de vacunación de la niña o niño a reconocer. (La certificación del acta deberá ser menor de 6 meses al momento de realizar el trámite. No se regresará el acta de nacimiento).
2.- Si el niño a reconocer es mayor a 12 años de edad deberá presentar identificación con fotografía (constancia del último grado de estudios con fotografía y sellado por la institución).
3.- Acta de nacimiento e identificación oficial con fotografía del reconocedor y de la persona que autoriza el reconocimiento.
4.- CURP de la persona a reconocer.
5.- Comprobante de residencia (recibo de luz, agua, predial, etc.).
6.- Dos testigos mayores de edad con identificación oficial con fotografía.
7.- Los extranjeros. (Los padres presentarán el acta de nacimiento debidamente apostillada y la traducción del acta y la apostillada al español por perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado y certificada por la Judicatura del Estado. Las identificaciones de los padres y/o testigos, deberán traducirse al español por perito traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, y certificada por la Judicatura del Estado).
8.- Deberán estar presentes los padres, el menor y los testigos junto con solicitud llena, así como, los documentos en original y copia.

Para cualquier duda o aclaración llamar al (686) 558 1600 extensión 1740, 1848 o presentarse en la delegación que corresponda.

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