Mujer casada que sostiene además una relación secreta con su cuñado y un amigo es descubierta una tarde con el amigo.
El cuñado la priva de la libertad y asesina en venganza al amante en turno.
Aun sin estar ahí, ella es acusada de homicidio por omisión, es decir, por no haberlo evitado.
“Es condenada no por haber evitado o matado a alguien, sino por juzgarse su conducta sexual, por ‘mala mujer’, que ‘puso a hombres buenos en ocasión de matarse’, aun cuando el asesino aclaró que ella ya no estaba en el lugar cuando se perpetró el crimen”, ejemplificó en la UNAM, Adriana Ortega Ortiz, secretaria de Estudio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), uno de los tantos casos que urge revisarse con perspectiva de género.
Y es que aun cuando en 2016 la primera sala de la SCJN reconoció que todas las autoridades judiciales tienen la obligación de aplicar la perspectiva de género al resolver las controversias, estableciendo una metodología específica para eliminar los estereotipos y prejuicios de género, ésta continúa obstaculizada, aseguró Marisa Belausteguigoitia Rius, directora del Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG) de la UNAM.
Al poner en marcha la primera de tres sesiones, denominada Decisiones Judiciales con Perspectiva de Género, del Seminario Condiciones de Mujeres en Prisión organizado por Mujeres en Espiral y el CIEG, Belausteguigoitia lamentó que aún haya obstáculos para que se difunda e implemente esta práctica judicial.
Esta es la herramienta (Protocolo para juzgar con perspectiva de género) de la que tanto se habla, pero aún hay dudas de cómo aplicar, es muy potente debido a que la decisión judicial puede convertirse en un episodio más de violencia, agregó Gladys Morales, titular de la Clínica de Justicia y Género Marisela Escobedo, del CIEG.
Juzgadoras ejemplares
En esta primera sesión intervino también Celia Marín Sasaki, magistrada de la Quinta Sala Penal en el Poder Judicial de la Ciudad de México, quien dejó en claro que la referida metodología no sólo beneficia a las mujeres, sino es para eliminar discriminación, y la asimetría de poder en los juicios.
“Venimos de una violencia estructural de carácter histórica, ya se nos dio protección adicional y específica, y sólo nos falta aplicarla, por lo que tenemos que visibilizar la paridad de género: de qué sirve que tengamos políticas públicas si no hay práctica, por lo que la capacitación no debe reflejarse en los diplomas, sino en las sentencias que hagamos”, destacó.
Los criterios han cambiado, dijo, la capacitación es fundamental no sólo para juzgadores sino para todos, porque nos involucra como sociedad.
Adriana Ortega Ortiz, secretaria de Estudio de la SCJN, señaló que juzgar con perspectiva de género no es ser parcial, al contrario, no hacerlo, sí lo es.
Como procurador de justicia, no puedes colocar tus prejuicios, tus estereotipos ni el orden patriarcal primero. Hay que modificar esa perspectiva.
“Por ello, debemos pelear, evidenciar y entrenar a los jueces, y además privilegiar la transparencia. Somos sólo traductoras, es decir, no podemos imponer nada, porque lo más importante son las víctimas, escucharlas es la mejor estrategia para evitar la revictimización”, concluyó.
Gaceta de la UNAM
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