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Resuelve Sala Superior del Tribunal Electoral que Elva Regina Jiménez Castillo sigue siendo Magistrada 
Justicia

Resuelve Sala Superior del Tribunal Electoral que Elva Regina Jiménez Castillo sigue siendo Magistrada  

 

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas por una magistrada del Tribunal Electoral de Baja California, que denunció al magistrado presidente y al titular a la Unidad de Administración de ese órgano, por realizar actos que, considera, obstaculizan su derecho de continuar en el ejercicio de su función jurisdiccional y pudieran constituir violencia política de género.

 

Lo anterior, con los votos concurrentes de los magistrados Indalfer Infante Gonzales y José Luis Vargas Valdez, así como con el voto aclaratorio del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera.

 

En el caso, la actora refiere que se le ha impedido el ejercicio de su cargo, que aún no concluye, y que se le ha solicitado que deje de ejercer los recursos materiales y financieros que le fueron previamente otorgados.

 

Lo anterior, debido a que, si bien el siguiente 19 de noviembre concluye su cargo, la norma aplicable establece que debe permanecer en él hasta en tanto el Senado de la República nombre a quien ocupará la vacante.

 

La Sala Superior, a propuesta de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, estimó procedente las medidas cautelares solicitadas a fin de que se asegure la permanencia en el cargo que ocupa y que los denunciados se abstengan de realizar cualquier acto tendiente a obstaculizar el ejercicio de sus funciones y que pudiera constituir violencia política de género.

 

Además, se ordenó poner a su disposición las prerrogativas y los recursos materiales, económicos y humanos para continuar en el desempeño de su función hasta haberse resuelto el fondo de la controversia o hasta que el Senado realice un nuevo nombramiento (SUP-JDC-1387/2022).

Y esto que está en la ley yvel reglamento se encuentra en concordancia con los criterios sostenidos al respecto por la Sala Superior y la SCJN

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