Mexicali B.C., miércoles 7 de septiembre El diputado Sergio Moctezuma Martínez López presentó una iniciativa que fue turnada a comisiones para su dictaminación, por la que busca cambios a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Baja California.
El objetivo es crear el Registro Público de Agresores de Violencia Familiar de carácter público que pueda ser consultado libremente.
En Baja California ya existe un Registro Estatal de Agresores Sexuales creado en base una reforma aprobada por la anterior legislatura.
El nuevo registro sería complementario sobre agresores familiares, con el fin de tener herramientas de consulta para mantener a distancia a este tipo de agresores y dar protección a las mujeres.
Desde hace varias décadas México se encuentra atravesando una grave problemática social que cada vez tiene una mayor visualización, hablo de la violencia familiar, una situación que en muchas ocasiones se convierte en una práctica habitual o trata de «esconderse», pudiendo ocasionar, a mediano o largo plazo, consecuencias mortales.
La iniciativa plantea adiciones a los artículos 52, 53 y 54 de la referida Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para crear el registro estatal de agresores en el ámbito familiar.
Se plantea que quede así: Artículo 52.- El Registro Público de Agresores de Violencia Familiar del Estado de Baja California es un mecanismo de información de carácter administrativo el cual tiene por objeto la plena identificación de las personas condenadas con sentencia firme por los delitos de violencia familiar y violencia familiar equiparada, previstos en el Código Penal para el Estado de Baja California.
El Registro Público de Agresores de Violencia Familiar del Estado de Baja California, estará a cargo y bajo la operación de la Secretaría General de Gobierno, en coadyuvancia con el Poder Judicial del Estado de Baja California.
La información que genere dicho registro se referirá a personas condenadas en el Estado de Baja California y en su caso, en el extranjero o en otras entidades federativas, por lo que la Secretaría General de Gobierno deberá procurar realizar convenios de colaboración.
La inscripción en el Registro Público de Agresores de Violencia Familiar será por un periodo de cuatro años.
Otro cambio es el siguiente: Artículo 53.- La autoridad jurisdiccional competente deberá notificar a la Secretaría General del Gobierno sobre las personas condenadas con sentencia firme por los delitos de violencia familiar y violencia familiar equiparada.
También, notificarán los mecanismos de aceleración procesal que se hayan ejercido, beneficios, preliberacionales y en general cualquier resolución judicial que modifique su situación jurídica.
La Secretaría General de Gobierno procederá a integrar una ficha pública que deberá contener: Nombre completo, apodos o alias, nacionalidad, fotografía actual de la persona agresora, Pena privativa de libertad, fecha y lugar de nacimiento y el CURP.
Sumando a lo anterior, y eso quedaría en el Artículo 54.- El Registro Público de Agresores de Violencia Familiar del Estado de Baja California, será actualizado el primer día hábil de cada mes, de conformidad con la información entregada por la autoridad jurisdiccional competente, que estará obligada de notificar a la Secretaría General de Gobierno acerca de las personas que cuenten con sentencia firme por los delitos de violencia familiar y violencia familiar equiparada.
El Registro Público de Agresores de Violencia Familiar del Estado de Baja California, podrá ser consultado por cualquier persona a través del portal de internet que habilite la Secretaría General de Gobierno, de conformidad al reglamento que emita esta, asimismo, a través del referido portal de internet se podrá expedir copia certificada mediante código QR de constancia de estar inscrito o no el Registro Público de Agresores de Violencia Familiar del Estado de Baja California.
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